BECAS
El Instituto de Educación Superior Privado “TEC” es una Institución orientada a promover la alta calidad educativa de sus estudiantes en la región de Ucayali. Para contribuir con dicho objetivo, esta casa de estudios ha determinado otorgar becas y estímulos para impulsar el desarrollo profesional de sus estudiantes, evitar el rezago y la deserción.
Las becas y estímulos tienen el propósito de vincular al estudiante con las actividades y funciones que realiza esta Institución Privadas de Educación Superior; la investigación científica en materia educativa y disciplinas afines, y la difusión de conocimientos relacionados con la educación integral y la cultura en general, entre otras.
Por todo ello, el otorgamiento de las becas y estímulos para aquellos estudiantes que cumplan con los requisitos establecidos por la autoridad competente, requiere de este instrumento jurídico que regule de forma transparente su administración.
DISPOSICIONES GENERALES
El presente Reglamento tiene por objeto regular el otorgamiento de becas y estímulos a los estudiantes de la institución.
Las becas y estímulos que otorgará la institución, serán las siguientes:
BECAS
- Socio-económicas
- Mayor puntaje en examen de Admisión
- Las demás que determine el Comité Institucional de Becas y Estímulos
ESTÍMULOS
- Interculturales
- Para personas con discapacidad
- Académicos
- Formación Integral
- Para Fortalecer el desarrollo profesional de madres solteras
- Los demás que determine el Comité Institucional de Becas y Estímulos
Se entenderá por:
- Beca: Es el apoyo económico otorgado a los estudiantes.
- Estímulo: Es el apoyo otorgado a los estudiantes, consistente en la exención del pago por concepto de inscripción, reinscripción y/o costos por materia o descuento sobre el costo de las materias.
- Beca socio-económica: Es la que se otorga a los estudiantes propuestos por la Dirección de Unidad Académica de adscripción, que demuestren encontrarse en una situación económica adversa que les impida continuar con sus estudios.
- Estímulo intercultural: Es el que se otorga, a propuesta de la Unidad Académica de adscripción, a los estudiantes que acrediten pertenecer a alguna etnia indígena, mediante la exención en los conceptos de inscripción, reinscripción y costo por materias.
- Estímulo para personas con discapacidad: Es el que se otorga, a propuesta de la Unidad Académica de adscripción, a los estudiantes que acrediten contar con alguna discapacidad documentada por una autoridad competente, mediante la exención en los conceptos de inscripción, reinscripción y costo por materias.
- Estímulo académico: Es el que se otorga en razón del desempeño académico del estudiante y consiste, para los estudiantes de nuevo ingreso, conceder un 50 ó 40 por ciento de descuento y que tengan sus evaluaciones sobre 17 de los indicadores propuestos por el área académica.
Las becas y estímulos se otorgarán cada período académico, hasta la conclusión del plan de estudios respectivo, siempre y cuando se conserve el cumplimiento de los requisitos previstos en el presente reglamento.
Para ser merecedor a una beca, los estudiantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Contar con todas las asignaturas aprobadas sobre nota 17.
- Contar con todas las asignaturas aprobadas del periodo académico inmediato.
- No tener adeudos de cuotas
- Cumplir con las EFSRT
Para ser merecedor a un estímulo, los estudiantes deberán cumplir con los requisitos siguientes:
- Para estudiantes de nuevo ingreso; haber obtenido un promedio general mayor a 19 en su examen de admisión.
- Para el caso de los estímulos interculturales, personas con discapacidad, formación integral y apoyo a madres solteras, ser alumno regular y obtener en evaluación ordinaria o sumativa, un promedio general semestral igual o mayor a 17, según el plan de estudios de que se trate.
- Estar exento de sanción por faltas a la disciplina, contenidas en el Reglamento Institucional.
- No tener adeudos de cuotas.
- Para el caso de la selección de beneficiarios de becas socioeconómicas, se dará prioridad aquellos estudiantes que no cuenten con algún otro apoyo económico.
- Los estímulos serán acumulativos siempre y cuando sean autorizados por el Comité Institucional de Becas y Estímulos.
DEL COMITÉ INSTITUCIONAL DE BECAS Y ESTÍMULOS
- El Comité Institucional de Becas y Estímulos es el órgano del Instituto, constituido para regular el otorgamiento de los apoyos referidos para los estudiantes que cumplan con los requisitos que establece el presente reglamento.
Las personas que integran el Comité, con voz y voto, son:
- El director general como presidente
- El Gerente General de ITA S.A.C como Vocal
- El jefe de Unidad Académica como Vocal
Son atribuciones del Comité:
- Proponer los lineamientos, políticas y procedimientos para otorgar las becas y los estímulos a los estudiantes.
- Fijar el monto de las becas con base en las posibilidades presupuestales de la institución.
- Revisar y dictaminar aquellos casos que por situaciones no previstas se requiera la intervención del comité.
- Solicitar a las áreas correspondientes, un informe semestral del otorgamiento de becas y estímulos.
El Comité se reunirá, al menos una vez al cada periodo académico, para analizar y determinar los asuntos relacionados con el reglamento de becas y estímulos. Se levantará acta de la reunión del Comité y la firmarán sus integrantes.
Habrá quórum legal para los acuerdos que determine el Comité, con el 50% más uno de los integrantes del mismo.
El director hará del conocimiento del Comité, al principio de cada año, la cantidad global que se tiene considerada por concepto del apoyo en becas institucionales para estudiantes.
RENOVACIÓN Y TERMINACIÓN DE LA BECA O ESTÍMULO
La renovación de la beca o estímulo procederá, siempre y cuando el estudiante cumpla con los requisitos y lineamientos mencionados en el reglamento y en el presente ordenamiento; y exista suficiencia presupuestaria.
La beca y estímulo finalizará por:
- Concluir el periodo para el cual se otorgó
- Conclusión de los estudios
- Renuncia expresa del estudiante.
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